miércoles, 11 de enero de 2012

REGISTRO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD


Registro Nacional de la Discapacidad


Es un Registro creado por la Ley 19.284, publicada en el Diario Oficial del 14 de Enero de 1994, por el cual se reúne y mantiene los antecedentes de las personas que hayan sido declaradas discapacitadas por las respectivas COMPIN (Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez) y que hayan expresado su voluntad de ser inscritas.
Asimismo, el Registro debe reunir y mantener los antecedentes de las personas jurídicas y las organizaciones de rehabilitación, productivas, educativas, de capacitación, de beneficencia, gremiales, sindicales y en general aquellas que se desempeñen o relacionen con personas con discapacidad, para gozar de los beneficios que la Ley les otorga por su labor.
Otras tareas asignadas al Servicio de Registro Civil e Identificación como responsable de este Registro son: registrar las sanciones por infracciones a la ley antes señalada; remitir la información que le sea requerida por los organismos públicos; otorgar las credenciales de inscripción y los correspondientes certificados, y cancelar la inscripción de las personas relacionadas con la discapacidad, cuando así lo requiera el Ministerio de Planificación y Cooperación o la respectiva Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.


Como inscribirse en el Registro Nacional de la Discapacidad


1. Persona con discapacidad o tutor debe dirigirse al Compín servicio de salud. Desde ahí retira la solicitud de evaluación de la discapacidad. Conozca acá el formulario.
2. Concurre al medico tratante para completar solicitud de evaluación.

3. Presentación de documentos en la admisión de la Compín.

4. Compín cita a medico especialista y a comisión para informar.

5. Compín emite un informe que certifica el grado de la discapacidad y lo remite al Registro Civil.

6. Compín entrega al solicitante copia de los antecedentes enviados al registro civil.

7. Registro Civil envía al solicitante credencial de la discapacidad sin perjuicio de que la persona con discapacidad puede solicitar la emisión de un certificado de la inscripción en el registro.

8. La persona con discapacidad queda inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.


Direcciones Compín – Chile

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Arica - Prat Nº 305
I Región
Iquique -Tompson S/N
II RegiónAntofagasta - Bolívar Nº 523
Calama - Carlos Cisterna S/N
Tocopilla - Sta. Rosa S/N
TalTal - L. Bdo. O'Higgins N° 450
Mejillones - Av. O'Higgins N° 451
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Copiapó - Pasaje Tres Puntas Nº 275 Pob. Chañarcillo
Vallenar - Merced N° 1455
Chañaral - Prat S/N
Diego de Almagro - Juan Martinez S/N
Huasco - Carrera N° 105
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La Serena - Francisco de Aguirre Nº 795
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San Felipe - Merced Nº 144
Viña del Mar - Alvarez Nº 552
Valparaíso - Av. Brasil Nº 1435
VI Región
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Región Metropolitana
Metropolitano Central - Calle Dieciocho Nº 120
Metropolitano Oriente - José Manuel Infante Nº 424
Metropolitano Norte - Lastra Nº 1250
Metropolitano Sur - Santa Rosa Nº 3453
Metropolitano Occidente - Alameda Nº 2429
Metropolitano Sur Oriente - Concha y Toro Nº 3459
VII Región
Talca - Uno Sur Nº 546
VIII RegiónTalcahuano - Alto Horno Nº 777
Concepción - Bernardo O'Higgins Nº 297
Chillán - Arauco Nº 275
Los Angeles - Avda. Ricardo Vicuña S/N
Lebu - Carrera Nº 301
IX Región
Temuco - Manuel Rodríguez Nº 1070
Algol - Arturo Prat Nº 323 int.
XIV Región
Valdivia - Chacabuco Nº 700
X Región
Osorno - Manuel Rodríguez Nº 751
Puerto Montt - Seminario S/N
XI Región
Coyhaique – Jorge Ibar Nº 168
XII Región
Punta Arenas - Maipú Nº 1015

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